Ver artículo de José García Domínguez en Libertad Digital (24.01.07)
Resulta que esta señora (o señorita) que se declara antisistema tiene un sueldo de 110.000 euros al año que le paga el Sistema, un coche oficial con chófer que le paga el Sistema, representa ella misma al Sistema al ocupar un cargo político, y defiende a los "antisistema" que no paran de beneficiarse de la abundancia del sistema. ¿Esto como se come? Si los representantes del Sistema quieren acabar con él (y en ello estan) apaga y vámonos.
Eso lo dijo en el programa matinal de Tv3 donde el presentador, Sr. Cuní, le metió bastante caña. Le preguntaba ¿A Ud. le gustaría que le ocupasen su vivienda? y cosas de este palo.
Yo también soy antisistema, sobre todo antisistema del sistema que promueven el gobierno y los "antisistemas" de los que habla Mayol.
Esta señora además es la esposa de Joan Saura, conseller de interior, que además es tonto.
Supongo que esta señora no vera mal que un servidor le diga al banco que soy objetor para pagar la hipoteca, que es mi forma de vida y que no me sale de los destos jubilarme cuatro meses despues de terminar de pagar.
Pues yo creo que debe ser muy lista, porque 110.000€ al año no los gana cualquiera.
Inteligente no parece, así que debe ser un rato lista.
Inteligente no parece, porque si lo fuera se daría cuenta de que no puede ser antisistema quien forma parte de una coalición de gobierno.
Así está Cataluña, para que vean: No era broma.
Bonita tierra, pero con demasiado gilipollas suelto.
Cuando tus jefes son gilipollas, si vales mucho, malo... Suelen rodearse de gente aún más tonta para lucirse... Esta tipa es una "parásita" nociva. Ella es como pegarse un tiro en un pie. Así está Cataluña, y como no se cambie la Ley Electoral, así va a terminar toda España, Dios mío, qué pena.
Quizás Mayol sea de las que destruyen el sistema desde dentro. Propongo que los meses que su segunda residencia esté desocupada le dé un buen uso y se la ceda a personas del colectivo OKupa o a personas que tengan problemas para encontrar un piso...
Por otra parte, ¿qué les parece su idea de que los okupas sean juzgados por el Código Civil y no por el Penal como se hace desde 1995, creo?
Lo del sueldo pagado por el sistema, coche.piso, viajes, etc.... se explica muy fácil.
Quien haya leído Rebelión en la granja lo entenderá.
Cuando uno de los cerdos pertenecientes al poder dice:
"Todos los cerdos serán iguales, pero algunos serán más iguales que otros".
La individua esa entra en ese grupo de cerdos más iguales que otros.
¿qué les parece su idea de que los okupas sean juzgados por el Código Civil y no por el Penal como se hace desde 1995, creo?
Lo que ocurre es que el delito de allanamiento de morada se exige que la entrada y permanencia se efectúe en un domicilio, y se considera como tal aquél en el que el propietario pernocte (aunque sea ocasionalmente) y tenga sus pertenencias (entendamos una casa amueblada y lista para hacer vida en ella). El principio de intervención mínima del Dª penal mantiene un criterio muy restringido.
En la mayoría de los casos, los ocupas se meten en pisos o locales vacíos, con signos de abandono, porque no son tontos y saben perfectamente que sólo podrían ser objeto de una demanda civil de desalojo por precario (ocupación de una finca sin pagar renta).
Estos cerdos, además de ser más iguales que los otros animales, tienen una parentela muy extensa y los están colocando muy bien colocaos a todos, y cada vez hay más cerdos más iguales.
Y quieren cargarse la familia tradicional, o sea, la familia, pero la de los demás animales, no las suyas. ¡Las suyas son sagradas, incluyendo a los cuñados!
Cide, hay delito tambien cuando estan vacios, lo que pasa que la pena es una mala broma.
Artículo 245.2. El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.
Sí, Keiro, lo que ocurre es que para aplicar ese tipo penal la jurisprudencia viene exigiendo que la posesión de la finca por parte del propietario sea socialmente manifiesta, de modo que se ejerza realmente, lo cual excluye edificios en estado ruinoso o de abandono, que son los que generalmente invade esa gente. Ese ejercicio real de la posesión será el que determine la existencia de intencionalidad (dolo) por parte del autor de la desposesión (el ocupa).