La reciente Sentencia del T.C. declarando la nulidad del acuerdo del Parlamento Vasco sobre " consulta" a los ciudadanos el dia 25 de Octubre próximo es de gran importancia constitucional, no debidamente destacada.Se basa, en esencia, en tres argumentos,incontestables cada uno de ellos:
" 1.-La tal "consulta" es, en realidad, un referendum que, como tal,corresponderia convocar al Gobierno de la Nación, de tal manera que el Parlamento Vasco con esta Ley invade competencias exclusivas del Estado.
2.-La consulta, ademas es ILEGAL porque articula un inexistente "derecho a decidir" del pueblo vasco. Pues bien, ni ese "derecho a decidir" existe en la Constitución, porque seria tanto como RECONOCER facultades SECESIONISTAS a las Comunidades Autónomas, ni hay MAS TITULAR DE TAL CAPACIDAD DE DECISION QUE EL SOBERANO PUEBLO ESPAÑOL en su conjunto, porque es el que TITULARIZA LA SOBERANIA NACIONAL.
3.-La Ley del Parlamento Vasco es INCONSTITUCIONAL también porque es de "articulo único" y semejante formato normativo restringe inadecuadamente el derecho de los parlamentarios a la participacion legislativa".
Esto es en esencia lo que he mantenido en este foro , ante Sertrres,en relacion con su "pretendida consulta no vinculante", que no es otra cosa que un "referendum" encubierto.Saludos.