La presunción de inocencia
  • Es sabido que la presunción constitucional de inocencia ha de reconocerse a todo ciudadano hasta que recaiga condena firme contra él, y esa presunción deriva de lo dispuesto por el art.24 de la Constitución. Cuando en algun proceso se dan indicios racionales de criminalidad contra alguna persona, ésta puede ser procesada, sin que se merme en modo alguno la presuncion de inocencia.Si los indicios se convierten en pruebas procesalmente admisibles el juicio se celebraria y la condena final podria producirse, con la consiguiente posibilidad de recurso hasta la resolucion firme y definitiva.Entonces desaparecerí­a la presuncion de inocencia, si esta Sentencia fuese condenatoria.

    Quiere ello decir que, cuando se trata de polí­ticos, pueden darse dos posibilidades: la dimision del interesado para no comprometer a su Partido ,lo cual es loable.O la del cese de la militancia, o su suspensión,decretada por quien tiene competencia para ello, con lo cual desaparecerí­a transitoriamente su condicion de militante , hasta que recayese Sentencia o resolucion definitiva, con posibilidad, caso de ser favorable, de la reintegración en sus derechos.Pero esta segunda posibilidad de cese es muy arriesgada por parte del Presidente del partido porque iria directamente contra la presuncion constitucional de inocencia,. " echando " mas barro sobre el presunto imputado, con lo cual,en la práctica,se acabaria su carrera politica y se le causaria un grave daño moral, si es que los indicios no se convertian en pruebas.
    Y esto es lo que ocurre con el senador del PP Bárcenas y con el eurodiputado Galeote,a los que se refieren los indicios que apunta el Auto del Juez Garzón.Hasta el momento ninguno de los dos ha dimitido porque se consideran inocentes y ví­ctimas de una persecución polí­tica por un Juez que ha sido parlamentario socialista en el Congreso de los Diputados. Y creo que el Presidente Rajoy ha hecho bien en no cesarlos mientras que la presuncion constitucional de inocencia no resulte destruida por una Sentencia firme.
  • Si la presunción de inocencia se llevase a sus ultimas consecuencias no habria leyes en contra de la tenencia de armas o drogas. En realidad todo lo que no sea daño a terceros y este penado es un abuso.
  • Por tanto, una mas tampoco se nota mucho. Y si afecta a los politicos mas que a los ciudadanos aun menos.
  • "Si los indicios se convierten en pruebas procesalmente admisibles el juicio se celebraria ..."

    Eso puede que ocurra allá en las audiencias nacionales o en los tribunales supremos donde Ud. ha ejercido su magistratura. Le aseguro que en los Juzgados de lo penal los juicios se celebran con la instrucción indispensable, je (CUBRIR LAS FORMAS PROCESALES ...los autos de apertura de juicio oral son para limpiarse aquello)
  • Es sabida la discordancia existente entre los abogados y jueces del común y los magistrados de Audiencias y Tribunales, a pesar de que, constitucionalmente, todos los jueces son iguales en rango, lo cual es un imperativo de su independencia e imparcialidad.

    Qué, a que yo también hago bien lo de recitar el derecho nacional como un papagayo.
  • te equivocas , khayman, penar la tenencia de armas es un delito en si, es lo que se llama delitos de 'peligro abstracto', que abundan en las legislaciones de paises socialistas y fascistas. Aca se ha planteado ya varias veces su inconstitucionalidad
  • Bueno, pues yo creo que lo que dice khayman tiene toda su logica. tener armas es un delito abstracto porque se presume que puede suponer un mal mayor. Tambien lo es el incendio, solo con prender la mecha el delito esta consumado, aunque no se queme nada.
    Pues los politicos de mierda son un peligro abstracto en si mismos, cualquiera puede presumir que solo van a joder y choricear a todo dios, por tanto...
  • Publicado por: El_Oligarcate equivocas , khayman, penar la tenencia de armas es un delito en si, es lo que se llama delitos de 'peligro abstracto', que abundan en las legislaciones de paises socialistas y fascistas. Aca se ha planteado ya varias veces su inconstitucionalidad


    Ai nou mai fren, pero eso no quita que no sea una patada en toda regla a la presucion de inocencia.

    Aqui tambien existe el delito abstracto, a ver si encuentro una sentencia famosa al respecto.
  • http://www.elnuevodiario.com.ni/nacionales/35387
  • No tiene nada que ver con la presuncion de inocencia sino con el bien juridico. El bien protegido en las drogas es esa cosa que llaman "sociedad", concretamente su "salud publica", no es que presuman que esa droga va a causar un daño a unos individuos determinados. Si un camello adultera una droga y esta mata a alguien tambien se le meteria homicidio independientemente de la condena por trafico de drogas.
    No hay sujeto pasivo propiamente dicho, es la sociedad.
  • Ambas cosas son delitos sin victimas, pero en la sentencia a la ARSEC se lee:

    ‘El cultivo de plantas que producen materia prima para el tráfico de drogas es un acto caracterí­sticamente peligroso para la salud pública, no obstante, que en el caso no se haya llegado a producir un peligro concreto’

    Eso es lo que en Cuba llaman "predelito".
  • Lo que no quita que los delitos de lesa humanidad sean herederos directos y la misma mierda que los de lesa majestad
  • Cultivar plantas de maria no es delito a menos que haya indicios de preordenacion al trafico. Bolsitas, basculas, mucho dinero.....
    Hay sentencias de absueltos con mas de 200 plantas de maria y tambien absueltos con casi un kilo de coca, cantidades que en otros casos en los que se pruebe que estan destinadas a la venta supone agravante de notoria importancia.
  • http://www.diariojuridico.com/noticias/el-supremo-considera-que-375-gramos-de-cocaina-pueden-tener-como-destino-el-autoconsumo.html
  • Es una loteria eso keiro, igual te escapas por autoconsumo o igual se aplica la ley organica de seguridad ciudadana 1/92 y se te sanciona por consumir en publico (75.000 pelas me crujio a mi un secreta, de todas maneras me rei mucho de lo nervioso que se puso cuando ostentoriamente apunte la matricula del coche camuflado) o lo mas novedoso, esto es considerar la cantidad minima punible la que se considere dosis minima activa pudiendote incluso pesar las macetas y la tierra si no estas pajaro en el juicio.

    De todas maneras las basculas, dinero y tal son unas pruebas que no prueban nada.
  • jajajajajaja, er kaiman-nn fue solplendio pol-la segreta, jajajajajajajajaaaaa..............iban en un seat 1500?
  • Un audi, cuando se fueron rompi el papel con el numero de matricula pero ellos no saben si quemaron el coche o no.

    Ya no es la multa, fumando todos los dias en la calle durante lustros me tenia que pasar, lo que me quemo es la torpeza joer, que parecian los hombres de Harrison en Las Vegas y dias antes en Sotogrande habian robado en una noche tres chalets y ni se coscaron de la pelicula.
  • uuuu, entonces fue en epocas de prosperidad....seguro er torete ya habia muerto de sida para ese entonces...
  • Se está confundiendo el "origen" de la presuncion de inocencia.Ésta no nace de los tipos penales,sino de la imputacion o acusacion formal a una persona determinada.Desde que se imputa hay que tener en cuenta la presunción de inocencia que favorece a esa persona determinda hasta que recaiga Sentencia firme condenatoria.

    Las acciones descritas en los Códigos Penales definen los delitos, como acciones antijurí­dicas,tí­picas y culpables.
  • Es correcto el matiz, lo que no excluye que la lesa humanidad sea en cierta medida y de manera indirecta un ataque a la presuncion de inocencia por cuanto se dicta sentencia contra un inocente (eticamente hablando, juridicamente es culpable).

    Gracias por aguantarnos las impertinencias y desvarios varios Madovi, aunque se te de caña se te aprecia :)

¡Hola Forastero!

Pareces nuevo por aquí. Si quieres participar, ¡pulsa uno de estos botones!

Acceder con Facebook Acceder con Google Acceder con OpenID

Poll

No poll attached to this discussion.

In this Discussion