De Tebas, el PP, De Juana, la Constitución y Zapatero.
  • En una inmortal tragedia (los siete contra Tebas), cuenta Esquilo como siete ejércitos invasores asaltan la ciudad de Tebas.

    Los asaltantes estaban encabezados por Adastro, Rey de Argos y secundados por Polí­nices, (que de prosperar la invasión, serí­a proclamado rey) hijo de Edipo, hermano del entonces rey de Tebas, Eteocles. Tras perder el trono, Polí­nices se marchó a Argos y se casó con la hija de Adastro.

    Otros asaltantes y personajes ya, menores, en la tragedia de Esquilo fueron Tideo, de Calidón, (Etolia) Partenopeo, de Arcadia, Capaneo e Hipomedonte, de Argos y Anfiarao.

    Eran siete temibles y crueles ejércitos asaltantes, de diversas regiones, siete eran los defensores. La maldición de Edipo planea sobre el drama: Edipo dispuso que habí­an de morir sus dos hijos: Eteocles (Rey de Tebas) y Polinices (hermano y asaltante a su propia patria, asaltante de la puerta 7, por el ejército de Argos). Como es usual en las obras griegas épicas, los asaltados piden el auxilio de los dioses (y muy especialmente de Zeus). Zeus les concede esa bendición, (lo cual es tanto como otorgarles la razón, lo cual es tanto como conceder la superioridad moral de la causa de Tebas frente a la de Argos). La bendición viene acompañada de la correlativa maldición a los asaltantes de Argos y otras ciudades antes descritas.

    Argos tiene la bendición del gigante de 100 ojos que da nombre a la ciudad, pero es un dios inferior, representa el mal. Lo que es tanto como decir que los asaltantes tení­an razones, pero los asaltados tení­an la Razón así­, con mayúsculas.

    Tan seguro estaba Eteocles de su razón, que Esquilo le hace decir todo un brillante alegato contra el relativismo moral. Dice así­:

    “Augurio infausto es siempre para el hombre,
    asociar al justo con impí­os.
    Que no hay nada peor en toda empresa,
    que mala compañí­a no da fruto.”
    (El campo de Ate recolecta muerte)
    El caso es que los seis asaltantes van siendo uno a uno rechazados por la valerosa resistencia tebana. Mas en la puerta nº 7 tiene lugar un duelo fraticida, donde Eteocles y el traidor Polinices mutuamente se dan muerte, cumpliéndose así­ la maldición de Edipo.

    Sí­, ya sé, mueren los dos, ya sé que ambos son hijos de Edipo, pero para los tebanos no son iguales los dos muertos, no son iguales el que salvó a su patria y el que la atacó para traicionarla. Tan es así­ que, Esquilo hace decir a Heraldo una larga declaración que es también todo un alegato contra el relativismo moral. Dice así­:

    “Debo anunciar los acuerdos
    que, de esta ciudad de Tebas
    los comisarios del Pueblo
    han aprobado a Eteocles,
    por su amor hacia la patria
    decidieron sepultarlo,
    con afecto en esta Tierra.
    Pues con odio al enemigo,
    eligió morir en ella,
    y, puro y sin mancha alguna,
    con los ritos de los padres
    murió donde es tan hermoso
    que muera un joven. Así­
    se me encargó que informara
    sobre él; de su hermano en cambio,
    Polinices, se aprobó
    arrojar fuera el cadáver
    y, sin darle sepultura,
    que fuera pasto de perros
    porque habrí­a devastado
    el paí­s de los Cadmeos
    si un dios no se hubiera opuesto
    a su lanza, incluso muerto,
    conservará pues la mancha
    del crimen que cometiera
    contra los dioses paternos,
    al enviar contra Tebas
    una hueste mercenaria
    para conquistarla. Así­
    se acordó, que, sepultado
    por las aligeras aves
    ignominiosamente,
    de forma tan denigrante,
    pague la pena condigna;
    que tampoco lo acompañen
    manos que apilen su tumba,
    ni que lamentos agudos
    le den sus póstumas honras.
    Al contrario, que carezca,
    del honor de unas exequias
    ofrecidas por amigos.
    Esto es lo que han decidido
    los magistrados de Tebas.”
  • Sí­ señor, así­ deberí­a ser el PP! Resistente, esquilo-tebano Así­ deberí­an ser las leyes españolas, y la Carta Magna, la primera! ¿Qué vale una parrafada de politicastros al lado de la categórica moral esquilo-tebana?

    Por eso, de buena ley es arrojar sobre terroristas (De Juana o Adastro) y traidores a la patria (Zapatero o Polinices) una onerosa maldición y a los tebanos (las ví­ctimas) otorgar el desagravio que en Justicia se merecen. Mas ese pensamiento, esa buena ley sólo se logra reformando la Constitución, adaptándola al modelo esquilo-tebano. Y esa buena ley e impecable moral esquilo-tebana, es la que en buena lógica desean los españoles. Desgraciadamente el PP y no digamos el PSOE no están por la labor.
  • Muy interesante Rey David. Muy bueno el segundo verso. En cuanto a tu comentario ¡cuánta razón tienes!
  • Pues Esquilo no era nadie al lado de Geriantes...
  • ¿No habí­a dicho Rajoy que si gobernaba harí­a los cambios pertinentes en la Constitución?
  • Artí­culo 167. (Reforma ordinaria, que no afecta a los puntos que se exponen más abajo)

    1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayorí­a de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.
    2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayorí­a absoluta del Senado, el Con-greso, por mayorí­a de dos tercios, podrá aprobar la reforma.
    3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así­ lo soliciten, dentro de los quince dí­as siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.

    Esto significa que, para reformas ordinarias o normales, (que no afecten a los puntos que más abajo se exponen) se necesitan 210 diputados de 350 y 156 senadores de 259.

    Artí­culo 168. 1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Tí­tulo preliminar, (artí­culos 1-9, eso es: principios fundamentales tales como definición del Estado, corona, unidad indisoluble, cooficialidad de lenguas, partidos polí­ticos y sindicatos, fuerzas armadas, o no-retroactividad de la ley penal) al Capí­tulo segundo, Sección primera del Tí­tulo I, o al Tí­tulo II, (artí­culos 15 a 29, prohibición de la pena de muerte, derechos fundamentales, derecho penal de bagatela, tonterí­as como la reinserción, etc.) se procederá a la aprobación del principio por mayorí­a de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.
    2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayorí­a de dos tercios de ambas Cámaras.
    3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.

    2/3 = 234 Diputados de 350 y 173 Senadores de 259.

    Nota: hay un truco que es el siguiente:

    1. Suprimir con 3/5 de los diputados y senadores el artí­culo 168 de la Constitución.
    2. No habiendo ya ese obstáculo, introduces la cadena perpetua.

    Rajoy necesita ganar por 210 diputados para cambiar la Constitución en el caso de que quiera...
  • Yo jurarí­a habérselo oí­do decir...
  • Rectifico:

    al Capí­tulo segundo, Sección primera del Tí­tulo I (artí­culos 15 a 29, prohibición de la pena de muerte, derechos fundamentales, derecho penal de bagatela, tonterí­as como la reinserción, etc.)

    Tí­tulo II (Artí­culos 66-96) Afectan al Congreso y al Senado y a cosas tales como que se necesite pedir permiso para procesar a un Diputado.

    Todo lo demás lo mantengo.

    Lo metí­ en un sitio malo por error, de ahí­ el "patinazo".
  • Una cosa es que no pueda hacerlo directamente, otra distinta que podrí­a y deberí­a crear un clima de presión para que las penas sean lo más "esquilosas" posibles con los terroristas...
  • Y para rectificar tonterí­as como ésta:

    Artí­culo 3

    "2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunida-des Autónomas de acuerdo con sus Estatutos."

    O ésta otra:

    "Artí­culo 25:

    2. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social."

    Esto no es lo que merece la sociedad, con personas como De Juana...

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