“El Gobierno trasladó el expediente de Ignacio de Juana, a fin de garantizarse un dictamen de la Junta de Tratamiento Penitenciario favorable a su excarcelación. Así lo ha revelado COPE este sábado, citando "fuentes del Ministerio del Interior". El terrorista estaba adscrito al Módulo IV de la Prisión de Aranjuez, donde una mayoría de los funcionarios de la Junta de Tratamiento [cinco a tres] era contraria a su excarcelación. El Gobierno decidió cambiar el expediente al Módulo de Enfermería, donde el informe favorable al interés del Gobierno en enviarle a casa se decidió por un empate a cuatro votos, decantado por el voto de calidad del director de la prisiónâ€.
Cuando alguien conoce al Régimen por dentro y sabe el ambiente de represalias, presiones, chantaje y terror que reina entre los funcionarios, bajo la continua amenaza de los socialistas, resulta increíble que una junta de tratamiento penitenciario haya sido capaz de resistir a Zapatero en este aspecto.
En principio no me creo la noticia.
De ser cierta habría que tomar nota de los nombres de los que así se han atrevido y van a sufrir las consecuencias para resarcirlos algún día, a ellos o sus familias, si España recobrara su independencia y se reconstruyera el Estado de Derecho.
Sea o no cierta la noticia del cambio de módulo,teniendo en cuenta los detalles que se facilitan en cuanto a votos en cada una de las Juntas de Tratamiento (cinco-tres en contra y empate a cuatro dirimido por el voto de calidad del Director)podría tener un fondo de verdad. De todas formas el art.100.2 del Reglamento Penitenciario concede una facultad ejecutiva a la Administración para ADOPTAR UN MODELO DE EJECUCION de la pena que equivale, en la práctica, a un MODO DE ATENUACION DE LA PENA por razones excepcionales de enfermedad, saltándose la intervencion judicial, unica que podria decretar una prision "atenuada".Pero es que en este caso no se daban las circunstancias EXCEPCIONALES previstas por ese precepto que, al introducirse en el terreno del cumplimiento y ejecucion de resoluciones judiciales, incurriría posiblemente en INCONSTITUCIONALIDAD,PORQUE DESCONOCE EL ART. 118 DE LA C.E.
Se ha dicho que la finalidad del "tratamiento especifico" que introduce tiene por objeto SALVAR LA VIDA DEL RECLUSO. Pero, para ello, TENDRIA QUE ESTAR PREVIAMENTE EN PELIGRO, EN UN PELIGRO NO PROVOCADO POR EL MISMO. Y, vamos a ver: o las noticias que se han dado sobre los "vis a vis" NO AUTORIZADOS que ha disfrutado De Juana Chaos con su novia son falsas, O NO ESTABA DAN DEBIL NI TAN EN INMINENTE PELIGRO DE MUERTE que hubiese autorizado legal y moralmente la medida adoptada. Una medida que NUNCA PUEDE LLEVAR AL CUMPLIMIENTO DOMICILIARIO DEL RESTO DE LA PENA IMPUESTA.Eso me parece a mi, al menos.
El infame ZetaP amenaza con sacar los "trapos sucios" de la política antiterrorista de Aznar. Quieren hacernos creer que Aznar también cedió a presiones etarras. Pero olvida a Miguel Angel Blanco... Zapastelero está volviendo a asesinarle..
Y digo yo: ¿por qué no retroceden más en el tiempo y nos cuentan lo que nunca supimos del Gal? El cerdo de González (él es un cerdo, no es que tenga uno) se permite moralizar sobre el asunto... Puajjjjjjj!!!!!!